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Impuestos a las Bebidas Analcohólicas: de 10% a 18% según Cantidad de Azúcar

Impuestos a las Bebidas Analcohólicas: de 10% a 18% según Cantidad de Azúcar
17 septiembre, 2014

Uno de los puntos que abordó la recién aprobada reforma tributaria fueron los impuestos denominados «correctivos», que gravaron al tabaco, bebidas alcohólicas y bebidas analcohólicas, entre otros. En este último caso, tras el acuerdo firmado entre los senadores de la Comisión de Hacienda del Senado, se consideró la necesidad de aumentar los impuestos de estas bebidas, afectando de distintas maneras a las que contienen azúcar y aquellas que no consideran este ingrediente.

Con anterioridad a la discusión tributaria, aparte del 19% por el IVA, las bebidas analcohólicas estaban gravadas por un impuesto específico del 13%, el llamado IABA (Impuesto Adicional a las Bebidas Analcohólicas). Esta situación se pretendía variar cuando ingresó el dos de abril el proyecto original de reforma tributaria, donde a las bebidas analcohólicas con alto contenido de azúcar se les «aplicaría una tasa adicional del 5%», hasta llegar al 18%.

Esa situación se modificó con el protocolo de acuerdo y posterior aprobación definitiva del trámite, donde se estableció una distinción para que las bebidas con menos de 15 gramos de azúcar por 240 ml, bajaran el impuesto base de 13% a 10%. En cambio las que tengan más de 15 gramos de azúcar por 240ml, tendrán una tasa del 18%. Según el Ministerio de Hacienda, «una bebida de fantasía cuyo precio está en torno a $1.190 aumentará aproximadamente en $45».

Pelayo Bezanilla, director de la Asociación Gremial de Alimentos y Bebidas de Chile, A.G. (ABChile), mostró sus reparos respecto al IABA, señalando que «consideramos que es un impuesto discriminatorio e inconstitucional en la medida en que, sin justificación alguna por parte de la autoridad, se grava un solo nutriente – el azúcar – y una sola categoría – las bebidas analcohólicas – como si fuera la única fuente de calorías de los chilenos».

Fuente : Estrategia